Divorcio necesario

imagen discusion propicia divorcio Se tramita invocando la aplicación de alguna de las causales previstas en el artículo 267 del Código Civil de Nuevo León

Una vez presentada la solicitud de divorcio, el Juez del Registro Civil debe cerciorarse de la identidad de los solicitantes a divorciar, debe levantar un acta en la que haga constar su solicitud de divorcio y los citará para que se presenten dentro de los quince días siguientes a ratificar su solicitud de divorcio.

Si los cónyuges ratifican la solicitud de divorcio el día y hora señalados para ello, el Juez del Registro Civil los declarará divorciados, levantará el acta respectiva del divorcio y hará las anotaciones procedentes en el acta de matrimonio de los solicitantes para que queden divorciados.

REQUISITOS:

  • Acta de Matrimonio.
  • Actas de nacimiento de los hijos.
  • Relación de bienes adquiridos.
  • Llenar cuestionario de datos.
  • Realizar consulta para más detalle del manejo del juicio.

Tiempo aproximado de duración de 6 a 12 meses aproximadamente, dependiendo del tipo de pruebas a desahogar y de las apelaciones y amparos que en su caso se tengan que tramitar.